



LOS MEJORES ESPECIALISTAS EN DERECHO BANCARIO
Ofrecemos la experiencia y la profesionalidad de los mejores especialistas en derecho bancario y del consumidor para garantizarte el mejor resultado.

Magdalena Rico Palao es abogada especialista en derecho bancario y del consumidor. Tiene más de 30 años de experiencia en el sector de la asesoría legal. Cuenta con sentencias pioneras en este ámbito. Es fundadora del despacho legal LEXLEGIS, distinguido con el sello de calidad ISO 9001 de Bureau Veritas.

Julián Pérez Rico es abogado, Graduado en Derecho por la Universidad de Murcia y Máster de Acceso a la Profesión de Abogado en la Universidad Miguel Hernández de Elche, con un excelente expediente académico. Ha participado en la elaboración de estrategias legales innovadoras en derecho bancario y concursal.
Garantía de Calidad ISO 9001 otorgado por Bureau Veritas
Si tienes deudas imposibles de pagar con tus ingresos puedes reclamar su eliminación a través de la Ley de Segunda Oportunidad.
Somos especialistas en estas reclamaciones, con la garantía de calidad del sello ISO 9001 otorgado por Boureau Veritas.
Mereces una Segunda Oportunidad
La ley permite ahora eliminar las deudas que no puedes pagar mediante un procedimiento judicial fácil y rápido.
Infórmate gratuitamente
Estudiaremos tu caso sin coste alguno y te ofreceremos la mejor solución legal para tu situación asesorándote con nuestros profesionales en todo momento.
Nos ocupamos de todo
Reuniremos por ti toda la documentación necesaria para iniciar el proceso y realizaremos todas las gestiones necesarias para llevar a buen término tu reclamación
Información y transparencia
La satisfacción de nuestros clientes es esencial. Por ello te ofreceremos toda la información que necesites a lo largo del proceso para que te sientas tranquilo y seguro.
Nuestras sentencias por la Ley de la Segunda Oportunidad nos avalan.
Sentencia 89/2025 de Murcia que concede la exoneración de una deuda con Seguridad Social superior a 50.000 € (anterior legislación concursal).
Auto 586/2024 de Barcelona que exonera a una particular de una deuda de 170.830,87 € por negocios quebrados.
Auto del 19/02/2024 de Murcia que exonera a un matrimonio pensionista de una deuda superior a 81.000 € derivada de la pandemia (restauración).
Auto del 05/03/2024 de Murcia que exonera a una desempleada de una deuda de 10.088,37 € por sobreendeudamiento derivado del Covid.
Auto 333/2023 de Madrid que exonera a una administrativa de una deuda de 80.000 € por crisis del ladrillo (2008-2012).
Auto 140/2023 de Alicante que exonera a un camarero de Benidorm del pago de una deuda de 32.000 € relacionada con la pandemia.
La ley te respalda
Cancela tus deudas si no puedes pagarlas
Trabajamos para conseguir el éxito
Sólo cobraremos nuestros honorarios si ganamos tu caso.
Nos ocupamos de todos los trámites
Gestionamos todo el proceso, con transparencia y comunicación.
Somos pioneros
Nuestras sentencias marcan el camino para reclamar con éxito la nulidad de la cuota final.
Garantía de calidad
Contamos con el certificado de calidad ISO 9001 de Bureau Veritas, reconocido internacionalmente

Lex Legis - Más de 30 años de experiencia Despacho con calidad ISO 9001 Atención personalizada Tarifas sin competencia Información y transparencia - Confía en nosotros
Resolvemos tus dudas
Esta trasposición de la legislación europea persigue resolver la situación de insolvencia de aquellas personas y empresas que carecen de recursos suficientes para pagar sus deudas, atendiendo a la situación de deudores y acreedores. Con ello se consigue activar la economía de los ciudadanos, clarificar la disponibilidad de cobro y simplificar y unificar los procesos judiciales derivados de las reclamaciones de deudas.
Pueden acogerse las personas físicas, autónomos y empresarios, residentes en España, que no dispongan de suficientes ingresos para pagar sus deudas. También es necesario tener deudas con al menos dos acreedores diferentes: entidades financieras, proveedores, Hacienda o Seguridad Social, etc.
El plazo dependerá del Juzgado al que se designe el caso, pero en general el proceso dura aproximadamente cuatro meses, plazo que variará también de acuerdo a la complejidad del asunto. No obstante, existe la ventaja de que durante su proceso los acreedores no podrán reclamar sus deudas ni los bienes del deudor podrán ser embargados. La tramitación paraliza todas las deudas, sus intereses y recargos.
Esta Ley supone un enorme ahorro para los deudores beneficiados de sus efectos, puesto que en su tramitación no hay que pagar Notaría, Registro ni Cámara de comercio, como establecía el procedimiento anterior. Las tarifas de nuestro despacho, de pago único y que cubren todo el proceso, se acomodarán a tu situación y a la complejidad del asunto.
Con esta ley puedes condonar tus deudas sin perder todo tu patrimonio -por ejemplo, tu vivienda habitual-. Y no sólo eso: también supone la salida inmediata del fichero de morosos. Tus datos desaparecerán de este registro y podrás acceder a la contratación de productos hipoterarios, servicios y préstamos.
Para iniciar el proceso, se te solicitará una serie de documentos que demuestren la buena fe de tu reclamación. Aunque parezca complicado reunir toda esta documentación, te aseguramos que la puedes reunir fácilmente a través de nuestro despacho. En apenas diez minutos estarás dispuesto para acogerte a este procedimiento, con tu clave PIN o firma digital, a través del portal del ciudadano. En este enlace te dejamos la lista completa de documentos que se solicitan.

Concurso para microempresas y autónomos
La Ley Concursal, en vigor desde el 1 de enero de 2023, introduce un procedimiento simplificado para microempresas con menos de 10 empleados y ciertos límites económicos.
Este proceso busca reducir costes y tiempos en caso de concurso, facilitar la recuperación y evitar la liquidación mediante planes de reestructuración.
¿Tu empresa tiene deudas imposibles de pagar con su facturación?
Puedes reclamar su eliminación a través del concurso para microempresas.
En Lex Legis, somos especialistas en este tipo de reclamaciones, y contamos con la garantía de calidad del sello ISO 9001, otorgado por Bureau Veritas.
Los acreedores y la empresa tienen la oportunidad de negociar, dentro incluso del Juzgado, y con las ejecuciones paralizadas, para finalizar un acuerdo que quita o espera.
Es importante que no te agobien las ejecuciones judiciales.
Tienes tres meses para conseguir un acuerdo y tras ellos puedes solicitar o bien el plan de liquidación o el plan de continuación.
Informe sobre la situación económica, con mención a los trabajadores de la empresa.
Informe sobre el valor del activo y del pasivo contable
Citar los contratos pendientes de ser ejecutados
Informe sobre Situación financiera y el tipo de insolvencia
Verificación si se trata de un plan de continuación o plan de liquidación.
Si tu intención es continuar con la actividad mercantil de tu empresa, no será necesario liquidar el activo. Solo has de indicar los acreedores y los importes, la clase de estos, las quitas o esperas que se solicitan, el plan de pagos acorde a la situación económica.
El plan de liquidación quiere referirse a la venta de patrimonio a fin de saldar el máximo de deudas posibles. Claro está, si existe tal patrimonio.
Se apertura cuando:
El deudor lo solicita o los acreedores lo quieren
Se ha incumplido un plan de continuación
La deuda pública es de un 85% al total
No. El procedimiento especial intenta ser breve y mas barato que los concursos tradicionales que eran enormemente pesados en cuanto a la tramitación y dilatados en el tiempo, además tremendamente caros en cuanto a los honorarios de los administradores concursales.
Si los acreedores lo quieren, han de pagarle la retribución. Por otro lado, si lo solicita el deudor, asumirá él el coste.
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EXCELENTE A base de 74 reseñas MIGUEL ÁNGEL MOLINO COBOS2024-10-03Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Magdalena y su equipo hicieron un trabajo de 10 ,estamos super contentos y agradecidos por todo ..Los recomiendo 100×100.. Maria del Carmen Blanco Carballo2024-10-02Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Muy contentos con el proceso judicial que nos ha llevado el gabinete jurídico, abogada Señora Magdalena Rico y su equipo, nos han llevado tema de hipoteca multidivisa contra entidad financiera, satisfechos con ellos al 100%, han ganado el juicio y todos los costes judiciales los ha tenido que abonar la entidad bancaria, para nosotros coste cero, recomendación total, trabajo serio y eficaz. Muchas gracias por todo vuestro trabajo y vuestra dedicación ya que nos habéis tenido informados de todo en cada momento. Carlos De la torre2024-07-16Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Hola soy Carlos y estoy muy contento con el despacho lex Legis magdalena rico palacio y su equipo muchas gracias por solventar mi problema de hipoteca multidivisas un cordial saludo. Eliane Dias2024-07-15Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Estoy muy contenta y agradecida por el gran trabajo q ha echo por mi ...es un gran equipo de profesionales... muchísimo gracias F C2024-07-15Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Sin duda la mejor abogada que se puede tener, se la recomiendo a todo el mundo. Hemos ganado un tema de la Ley 57/68 que era súper complejo. Muchas gracias, Magdalena Francisco Cubas2024-07-15Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Magdalena y su equipo configuran una garantía cara a emprender cualquier litigio, especialmente con Entidades Financieras y Ley de 2ª oportunidad. En los procesos en los cuales tuve la ocasión me representara , he podido comprobar la profesionalidad e implicación, así como la preparación previa y su ejecución. Una gran profesional absolutamente recomendable. Patricia Sanchez2024-05-21Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Buenos días queremos agradecer la labor prestada por Dña Magdalena Rico Palao y su equipo de profesionales. En el procedimiento de exoneración que por motivos varios nos tenía en una situación complicada y precaria Gracias a su asesoramiento y profesionalidad vamos a poder estar un poco más tranquilos .Pues con las pensiones por incapacidad permanente total y absoluta que tenemos .Era imposible seguir adelante. Gracias .Un saludo Joaquín Cebollada2024-04-22Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Cierto es que la defensa realizada era para una operación de pequeño importe, según como se mire. Sufrí pishing bancario que representaba el salario de medio mes de trabajo y este bufete, y concretamente Dª Magdalena Rico, consiguió con su buen hacer que se me devolviera el importe defraudado más gastos e intereses. ¿Qué más puedo pedir? Excelente trabajo. Katman You2024-04-15Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google. Nos ha sacado del lio de la hipoteca multidivisa. Gracias a ella nos ha cambiado la vida. Muchas gracias por su gran trabajo.